domingo, 15 de agosto de 2021

LEGISLACIÓN EN SALUD Y NORMAS DE ATENCIÓN

 

LEGISLACIÓN EN SALUD Y NORMAS 

DE ATENCIÓN



¿Qué es? Conjunto de leyes necesarias para la implementación de políticas de salud, frente a las funciones del Estado y a su nueva relación con la sociedad, esta con el propósito de actualizar la definición y asegurar tanto como los ciudadanos como las organizaciones públicas y privadas cumplan los deberes y derechos relativos a la salud.

Según la constitución política de la república de Guatemala “la salud es un derecho fundamental del ser humano, siendo obligación del Estado garantizarlo a sus habitantes sin discriminación alguna; facilitando su acceso y procurándoles bienestar físico, mental y social.



Sistema de Salud

El sistema de salud de Guatemala está compuesto por un sector público y otro privado. El Sector Salud comprende de:  Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), quien brinda atención a 70% de la población; luego está el Instituto Guatemalteco del Seguro Social (IGSS), que ofrece cobertura a menos de 17.45% de la población vinculada con el empleo formal. Finalmente, la Sanidad Militar cubre a los miembros de las fuerzas armadas y la policía, incluyendo a sus familias, menos de 0.5% de la población.

El 12% de los guatemaltecos recurre al sector privado en busca de atención a su salud. En este sector participan organizaciones de la sociedad civil y/o religiosas que operan sin fines de lucro. El sector privado, subdividido en lucrativo y no lucrativo, se financia en 86% con pagos de bolsillo. El sector privado no lucrativo puede subdividirse en una variedad de organizaciones de la sociedad civil laicas y asociaciones religiosas.

 


Políticas de Salud


Pueden ser definidas como un esfuerzo sistemático para reducir los problemas de salud. Se establece que todas las instituciones que conforman el Sistema Sanitario Nacional deben intensificar acciones para lograr la cobertura sanitaria universal diferenciada, que considere los factores de género y pertinencia étnica.

Las Normas de Atención en Salud Integral para primero y segundo nivel, publicadas en 2018, cuentan con tres secciones que abordan la atención integral de mujeres y hombres en el nivel individual, familiar y comunitario. Cada una de ellas responde al enfoque del Sistema de Gestión y Atención en Salud. Estas normas son de aplicación obligatoria en todos los servicios del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, su aplicación está en contexto con los sistemas de salud interculturales y con la participación activa de personas, familias y comunidades, apoyadas en todas las guías, lineamientos y protocolos vigentes. 



infomaciòn: https://leyes.infile.com/index.php?id=182&id_publicacion=76942#:~:text=Que%20la%20Constituci%C3%B3n%20Pol%C3%ADtica%20de,bienestar%20f%C3%ADsico%2C%20mental%20y%20social. http:

//www.segeplan.gob.gt/downloads/clearinghouse/politicas_publicas/Salud/Plan%20Nacional%20Salud.pdf


6 comentarios:

  1. Las normas te atención nos dan un enfoque continuo el cual implica el uso racional de las nuevas y mejores evidencias disponibles, para ponerlas a servicio de las comunidades. Decreto número 90-97 El derecho a la salud en Guatemala nos dice que todos los habitantes de la República tienen derecho a la prevención, promoción, recuperación y rehabilitación de su salud, sin discriminación alguna.

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  2. Gracias esto se puede buscar que todos los ciudadanos reciban la mejor atención y también buscar que toda organizacion ya sea privada o publica brinde el mejor servicio a los que lo necesiten sin ninguna discriminación.

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  3. Las normas y políticas de salud permite que el gobierno garantice la protección sanitaria apropiada y fomenta la coherencia en la adopción de las medidas sanitarias, cuya aplicación no puede tener más finalidad que la de garantizar un buen sistema de salud para los ciudadanos

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  4. Estas normas permiten fortalecer la atención en el primero y segundo nivel del sistema sanitario, favorecer la atención integral y diferenciada. Las Normas aplican con enfoque intercultural, de género, y de derechos humanos.
     
    Una de las funciones de la cooperación técnica de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS) es el apoyo a la formulación de normas y procedimiento para proteger la salud y alcanzar la seguridad. Las Normas de Atención incorporan el enfoque continuo de atención, eso implica el uso racional de las nuevas y mejores evidencias disponibles, para ponerlas al servicio de las comunidades.

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  5. La salud es un derecho inalienable, por lo que es Estado debe poseer leyes y normas que busquen satisfacer este derecho a toda la población. Si bien el acceso a la salud no es interseccional para todos, deben mejorarse o crearse leyes que amparen a los marginados, para poder gozar con un buen sistema de Salud Pública, en este caso.

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  6. estas normas también permiten fortalecer las competencias del personal de salud en lineamientos técnicos para la atención integral diferenciada con enfoque de derechos para las personas familias y comunidades en el primer y segundo nivel de atención

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